Artículo 77 establece el principio básico: “Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación; como tal es elector y elegible en los casos y formas que se designarán.” Ignorar esto es ignorar la soberanía de algunos ciudadanos. El problema es quienes votan y a quien votan Hay condiciones establecidas Requisitos específicos para las Cámaras Para ser Representante (Artículo 90): Se necesita ciudadanía natural en ejercicio, o ciudadanía legal con cinco años de ejercicio, y en ambos casos, 25 años cumplidos de edad. Para ser Senador (Artículo 98): Se necesita ciudadanía natural en ejercicio, o ciudadanía legal con siete años de ejercicio, y en ambos casos, 30 años cumplidos de edad.
Jerarquizar el Parlamento
Estoy de acuerdo con Lissidini , hacer leyes implica determinado nivel de sapiencia y cultura. No más ignorantes e irrespetuosos maleducados en el Parlamento.
Alterar los Artículos 90 y 98 de la constitución: Sobre los ciudadanos legales para diputados y senadores. 1) deben RENUNCIAR totalmente a su ciudadanía de nacimiento. 2) los ciudadanos legales deberán tener 10 años de ejercicio de la ciudadanía. (Dos periodos electorales completos) para diputados y 15 años (tres periodos) para senadores. Con 5 y 7 puede cualquiera opinar y alterar sin haber perdido su raíz natal. Es un gran riesgo a tener una Sharia en cualquier momento.
En lo personal estoy de acuerdo. En la constitución de 1830 los analfabetos no votaban, hoy pueden, de hecho no hay impedimento legal para que un analfabeto sea presidente. Se requiere mas currículo para acomodar paquetes en un super que para ser senador. De todas formas no creo que algo así sea votado, pero si consigue muchas personas que apoyen la propuesta se puede incluir en la siguiente encuesta y si es apoyada podría ir.a la redacción final