ESTOY EN UN TODO DE ACUERDO. LA CONSTITUCION DEBE SER SOLO SU PARTE DOGMATICA. COMO SE ORGANIZA EL ESTADO DEBE SER A TRAVEZ DE UNA NUEVA NORMA JURIDICA LA QUE DEBE TENER O MAYORIAS ESPECIALES O POR INICIATIVA POPULAR.
Sobre el Principio de Jerarquía y la Constitución como herramienta legislativa
ESTOY EN UN TODO DE ACUERDO. LA CONSTITUCION DEBE SER SOLO SU PARTE DOGMATICA. COMO SE ORGANIZA EL ESTADO DEBE SER A TRAVEZ DE UNA NUEVA NORMA JURIDICA LA QUE DEBE TENER O MAYORIAS ESPECIALES O POR INICIATIVA POPULAR.
ESTOY EN UN TODO DE ACUERDO. LA CONSTITUCION DEBE SER SOLO SU PARTE DOGMATICA. COMO SE ORGANIZA EL ESTADO DEBE SER A TRAVEZ DE UNA NUEVA NORMA JURIDICA LA QUE DEBE TENER O MAYORIAS ESPECIALES O POR INICIATIVA POPULAR.
ESTOY EN UN TODO DE ACUERDO. LA CONSTITUCION DEBE SER SOLO SU PARTE DOGMATICA. COMO SE ORGANIZA EL ESTADO DEBE SER A TRAVEZ DE UNA NUEVA NORMA JURIDICA LA QUE DEBE TENER O MAYORIAS ESPECIALES O POR INICIATIVA POPULAR.
ESTOY EN UN TODO DE ACUERDO. LA CONSTITUCION DEBE SER SOLO SU PARTE DOGMATICA. COMO SE ORGANIZA EL ESTADO DEBE SER A TRAVEZ DE UNA NUEVA NORMA JURIDICA LA QUE DEBE TENER O MAYORIAS ESPECIALES O POR INICIATIVA POPULAR.
la constitución debe ser inviolable no pueden existir leyes o decretos inconstitucionales ademas debe ser actualizada ya que fue creada hace mucho tiempo en una historia distinta
Estimado "Partido Tradicionalista", a lo mejor ha habido un malentendido. Lo que quise decir es que si se promulga una norma utilizando la Constitución, la misma por definición no puede ser nunca inconstitucional. De hecho, en los casos en que dicha norma contradiga algún principio Constitucional anterior, dicha norma puede derogar este principio (por recencia). En ese sentido entiendo que haya gente que prefiera no promulgar normas de tipo regulatorio o administrativo por medio de la Constitución. Por eso propuse un nuevo rango que tuviera jerarquía por sobre la ley parlamentaria (para tener prioridad sobre las leyes promulgadas por políticos) pero que estuviera por debajo de la Constitución para evitar los problemas mencionados anteriormente. Si se desea modernizar la Constitución en algún aspecto que ya forma parte de la misma, creo que es un tema aparte. Yo estoy hablando estrictamente de medios para legislar que sean independientes de las estructuras partidarias, de los cuales el más popular hasta el momento es la reforma Constitucional, pero que tiene los inconvenientes ya comentados. Mi propuesta intenta subsanar este problema, nada más.
Juan M, interesante planteo. Comparto la preocupación por cómo se usan a veces los argumentos técnicos en el debate político. Dicho eso, la objeción no es meramente formal ni un pretexto, tiene un fundamento constitucional bastante sólido. En cuanto a crear un nuevo rango intermedio de normas, la idea es interesante, pero en la práctica ya existen mecanismos de democracia directa (iniciativa popular, referéndum) que operan dentro del sistema sin alterar la jerarquía normativa. Introducir un nuevo nivel podría complejizar el sistema sin resolver del todo el problema de fondo, que es más de calidad institucional y de confianza que de arquitectura jurídica. Más que legislar por Constitución o crear nuevas categorías, el desafío parece ser usar mejor las herramientas que ya existen y preservar el rol propio de cada nivel normativo.
Estimado Jorge, gracias por tu interés en esta conversación. Si bien es cierto que actualmente ya tenemos diferentes rangos de normas con diferentes tipos de competencias, en este momento la Constitución es la única norma que requiere aprobación popular directa para ser modificada. Sin bien los mecanismo de iniciativa popular y referéndum existen, no ponen a la ciudadanía en condiciones de igualdad frente al sistema político profesional, ya que el umbral de esfuerzo (y muchas veces, inversión monetaria) es mucho mayor para la población que para los políticos. Mientras que la ciudadanía tiene que recoger miles de firmas de manera voluntaria y a costa propia, los políticos solamente necesitan acordar y votar en sesiones Parlamentarias por las que ya de por sí perciben un sueldo. Por esta razón es que es común utlilizar la Constitución como herramienta legislativa, porque la misma está fuera de las manos de los políticos, a diferencia de la Ley Parlamentaria. Considero por esta razón que una nueva norma de rango intermedio entre la Constitución y la Ley podría satisfacer la necesidad que muchos ciudadanos tienen de una norma que los políticos no puedan modificar unilateralmente contra la voluntad popular, pero que se subordine a la Constitución para evitar los riesgos técnicos asociados a tener Leyes que compitan en jerarquía que nuestros principios republicanos consagrados en la Constitución.
Estimado, gracias por la respuesta, está bueno el intercambio. Ahora, yendo al punto, te marco algunas dudas porque la idea tiene sus bemoles. Primero, eso de una “norma intermedia” entre ley y Constitución no es tan sencillo. En nuestro sistema la Constitución de la República está arriba de todo y las leyes desarrollan lo que ella dice. Crear algo en el medio no es soplar y hacer botellas. Habría que reformar la propia Constitución, definir qué es esa norma, cómo se aprueba, con qué mayorías y quién la controla. Si no, en vez de dar certezas, generás lío jurídico. Segundo, algo parecido ya existe en otros países, como España o Francia, con las leyes orgánicas. La diferencia es que no están blindadas de la política; siguen pasando por el Parlamento, solo que con mayorías más exigentes. O sea, no sacan a los políticos de la ecuación. Tercero, afirmar que la Constitución está fuera del alcance de la gente es, en realidad, relativo. En Uruguay existe un equilibrio entre representación y participación directa; intervienen los partidos, el Parlamento y, en última instancia, la ciudadanía mediante el voto. Lejos de ser una debilidad, ese diseño es precisamente lo que le da estabilidad al sistema. Cuarto, coincido en que a la ciudadanía le cuesta más activar mecanismos como el referéndum o la iniciativa popular. Pero ese problema no es de jerarquía de normas, es de acceso real, firmas, costos, organización. Eso se puede mejorar sin cambiar toda la arquitectura constitucional. Y por último, ojo con blindar demasiado las normas. Está bien buscar estabilidad, pero si te pasás de rosca, terminás rigidizando el sistema y después no hay margen para adaptarse cuando cambian las cosas. Tu preocupación es válida, proteger ciertas reglas de mayorías circunstanciales, pero capaz la solución no es inventar una categoría nueva, sino ajustar mejor lo que ya tenemos. Tema interesante para estudiar.
Muchas gracias por los aportes, Jorge, paso a comentar sobre cada punto: Sobre tu primer punto, no tengo mucho que agregar. Efectivamente, crear un nuevo rango normativo requiere una reforma Constitucional que especifique detalladamente su funcionamiento. La razón para abrir este tema es justamente elucidar cuáles deberían ser los mecanismos para promulgar o derogar normas del nuevo rango, si es que fuera sensato ir por esta vía. Sobre tu segundo punto, también puede ser una alternativa a considerar. Dicho esto, más allá de cómo funcione en Europa, creo que en Uruguay está claro que hay ciertas reglas que son del interés de la ciudadanía pero que van en contra de los intereses de la corporación política, entre los que podemos normbrar cualquiera de las reformas ya propuestas que toquen las "cajas" de los políticos. Dichas normas serían derogadas inmediatamente si el Parlamento tuviera la opción. Por eso creo que hay cosas que deben estar fuera del alcance de los políticos. Quizás los Europeos tengan políticos menos corruptos, o quizás su sistema tenga otro tipo de contrapesos, pero creo que en nuestro país no hay otra alternativa posible. Sobre tu tercer punto, a lo mejor puedes desarrollar más esta idea. Para ser claros, yo no estoy proponiendo que el nuevo rango deba sustituir a la Ley Parlamentaria. Mi propuesta es, en primero y principalmente, una mejora técnica para promulgar normas fuera del alcance de los políticos sin la necesidad de tocar la Constitución. No estoy seguro de cómo esta propuesta sería de menor estabilidad que el status quo actual de introducir una reforma Constitucional cada vez que la ciudadanía quiere legislar algo en contra de los intereses de la corporación política. Al contrario, considero que subordinar el nuevo rango a la Constitución ofrece mayor estabilidad institucional. Continúo debajo por el límite de caracteres,
Sobre el cuarto punto, tentativamente estoy de acuerdo a que los procesos actuales se pueden mejorar, pero aún así creo que en el mejor de los casos nunca va a haber igualdad de condiciones por simple cardinalidad. Aún en un idílico caso en que tuviéramos un sistema completamente automatizado donde todas las Leyes aprobadas fueran automáticamente registradas en una página web de participación ciudadana donde cada ciudadano pueda votar un referéndum electrónicamente en cualquier momento dentro del plazo de un año, los políticos pueden utilizar dichas leyes hasta que sean refrendadas, y seguir aprobando nuevas leyes que cumplan el mismo objetivo una vez que las anteriores sean refrendadas. Dirá usted que esta sería una actitud marcadamente antidemocrática, yo considero que para el grueso de la corporación política sus privilegios están por encima de los valores democráticos (y considero que los políticos han dado abundantes pruebas de ello ya). Considero que hay ciertas cuestiones que deben ser directamente vedadas a los políticos. Insisto, no hablo de la totalidad de las Leyes nacionales, pero sí aquellas en las cuales los intereses ciudadanos estén contrapuestos a los intereses de los políticos profesionales. Sobre tu quinto y último punto, lo tengo presente y de hecho es parte de lo que señalo en mi propuesta inicial, por eso también dejé la puerta abierta a que las normas del nuevo rango fueran más flexibles que la Constitución en sí, siempre y cuando esa flexibilidad no pueda ser explotada por los políticos para ir en contra de la voluntad popular. Nuevamente agradezco tu participación y espero con gusto cualquier otra consideración que quieras presentar.
Sobre el tercer punto. Lo que decís de que la Constitución está fuera del alcance de la gente, yo lo vería distinto. Es más exigente, sí, pero no inaccesible. En Uruguay la ciudadanía puede plebiscitar, impulsar reformas y activar referéndums. No es instantáneo, pero justamente esa exigencia evita que las reglas de fondo cambien por impulsos del momento, incluso cuando esos impulsos son bien intencionados. Si hoy blindás algo porque expresa la voluntad popular, ¿qué pasa si esa voluntad cambia en unos años? Si nadie lo puede tocar, lo congelás. Y si alguien puede tocarlo, entonces el blindaje no era real. Ahora, tu preocupación sí se puede atacar sin salir del sistema, pero con herramientas más efectivas: -No podés fijar por ley mayorías más altas que las que marca la Constitución, pero sí podés hacer que cambiar ciertas normas sea más lento y costoso: por ejemplo, exigir dos votaciones separadas en el tiempo. -Podés obligar a que ciertos proyectos no se voten de inmediato estableciendo plazos mínimos (por ejemplo, 60 o 90 días) para que haya discusión real. -Podés exigir audiencias públicas o consultas previas en temas sensibles, como jubilaciones, beneficios de los propios políticos y tratados o contratos internacionales que impongan obligaciones onerosas para el país. -Podés imponer transparencia total. Que cada paso quede registrado y visible (quién propuso, qué informes hubo, qué intereses participaron). -Podés endurecer reglas de conflicto de interés. Que un legislador no vote algo que lo beneficia directamente o a su partido. -Y podés hacer más accesibles los mecanismos de referéndum en la práctica (facilitar firmas, mejorar difusión, acortar trabas operativas). Nada de eso es un blindaje absoluto, pero en la vida real funciona como poner varias trabas; evita cambios rápidos, obliga a dar explicaciones y hace mucho más difícil actuar en contra del interés general sin costo. No podés crear una caja fuerte sin usar la Constitución, pero sí podés ponerle varias cerraduras a la puerta. Y muchas veces eso es lo que realmente hace la diferencia. Tu preocupación es legítima. La diferencia es que yo no veo viable crear un nivel por fuera; veo más efectivo reforzar y exigir al máximo las herramientas que ya están dentro del sistema.