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Daniel07 abr. 20265 respuestas

Bancas vacías

Mi propuesta apunta a otorgar una fuerza al voto en blanco. Propongo que cuando la cantidad de votos en blanco alcance lo necesario para una banca de diputados (22.000 - 25.000 votos), se deje una banca vacía. Así con todas las bancas de diputados y senadores que puedan ser alcanzadas por los votos en blanco. No puede ser que esos votos se repartan entre los partidos.
Juan M07 abr. 2026

¿El quórum contaría únicamente las bancas designadas como ocupadas? ¿Las bancas vacías contabilizan como abstención en cada votación?

Miguel07 abr. 2026

Motivado por el deseo de generar un espacio de discusión y análisis sobre la constitución de nuestro país, detallo a continuación algunas ideas que comparto. Artículo 77.- Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación; como tal es elector y elegible en los casos y formas que se designarán. El sufragio se ejercerá en la forma que determine la Ley, pero sobre las bases siguientes: 1º) Inscripción obligatoria en el Registro Cívico. 2º) Voto secreto y obligatorio. La Ley, por mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara, reglamentará el cumplimiento de esta obligación. COMENTARIO: La obligatoriedad del voto cercena la libertad individual del ciudadano, ya que no le permite decidir libremente y determina que quede cautivo de la oferta electoral que le presentan los partidos políticos. Es común escuchar a los políticos decirnos que tenemos DERECHO al voto, cuando la constitución solo marca la obligatoriedad. Si el ciudadano está obligado, no ejerce derecho a votar, lo hace por obligación. Si la clase política confiara en sí misma, y aplicaran el LIBERALISMO del cual hacen gala constantemente, lo primero que tiene que hacer es permitir que el ciudadano decida si desea participar ejerciendo el DERECHO A VOTAR. Las opciones de voto en blanco o anulado no pueden interpretarse como el ejercicio del DERECHO, menos aun cuando son tomados en los porcentajes para decidir el resultado final. La única excepción que se puede considerar, es cuando se realice un plebiscito para reformar la CONSITITUCION, el argumento es que no se trata de una elección partidaria sino de la LEY FUNDAMENTAL que rige toda la convivencia cívica de la nación. 3º) Representación proporcional integral. (Agregar) Si en el acto eleccionario participara menos del 50% de los ciudadanos habilitados para ejercer el voto, el gobierno resultante tendrá una duración limitada a tres años. Y además, los primeros cinco integrantes de las hojas de votación que no obtuvieran más del 20% de adhesiones dentro de su lema, (en lo departamental), no podrán postularse en las próximas elecciones.

Miguel07 abr. 2026

Motivado por el deseo de generar un espacio de discusión y análisis sobre la constitución de nuestro país, detallo a continuación algunas ideas que comparto. Artículo 77.- Todo ciudadano es miembro de la soberanía de la Nación; como tal es elector y elegible en los casos y formas que se designarán. El sufragio se ejercerá en la forma que determine la Ley, pero sobre las bases siguientes: 1º) Inscripción obligatoria en el Registro Cívico. 2º) Voto secreto y obligatorio. La Ley, por mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara, reglamentará el cumplimiento de esta obligación. COMENTARIO: La obligatoriedad del voto cercena la libertad individual del ciudadano, ya que no le permite decidir libremente y determina que quede cautivo de la oferta electoral que le presentan los partidos políticos. Es común escuchar a los políticos decirnos que tenemos DERECHO al voto, cuando la constitución solo marca la obligatoriedad. Si el ciudadano está obligado, no ejerce derecho a votar, lo hace por obligación. Si la clase política confiara en sí misma, y aplicaran el LIBERALISMO del cual hacen gala constantemente, lo primero que tiene que hacer es permitir que el ciudadano decida si desea participar ejerciendo el DERECHO A VOTAR. Las opciones de voto en blanco o anulado no pueden interpretarse como el ejercicio del DERECHO, menos aun cuando son tomados en los porcentajes para decidir el resultado final. La única excepción que se puede considerar, es cuando se realice un plebiscito para reformar la CONSITITUCION, el argumento es que no se trata de una elección partidaria sino de la LEY FUNDAMENTAL que rige toda la convivencia cívica de la nación. 3º) Representación proporcional integral. (Agregar) Si en el acto eleccionario participara menos del 50% de los ciudadanos habilitados para ejercer el voto, el gobierno resultante tendrá una duración limitada a tres años. Y además, los primeros cinco integrantes de las hojas de votación que no obtuvieran más del 20% de adhesiones dentro de su lema, (en lo departamental), no podrán postularse en las próximas elecciones.

Miguel07 abr. 2026

Artículo 79.- La acumulación de votos para cualquier cargo electivo, con excepción de los de Presidente y Vicepresidente de la República, se hará mediante la utilización del lema del partido político. La ley por el voto de los dos tercios del total de componentes de cada Cámara reglamentará esta disposición. COMENTARIO: Dar nueva redacción a este artículo para que quede bien claro y establecido que las bancas en el parlamento, pertenecen a los lemas y no a las personas que son titulares en primera instancia.

CARLOS08 abr. 2026

La obligatoriedad del voto, al igual que la obligatoriedad de la educación, está pensada, no para forzar al ciudadano a elegir sino para asegurar que aquel que lo quiera hacer, lo haga sin impedimentos de terceros. Si no fuera así, cualquier persona. por ejemplo el jefe o encargado de un negocio, podría armar los turnos para evitar que aquellas que voten a un partido adversario lo hagan. Para compensar esa obligatoriedad, se permite que aquellas personas que no quieran decidir, coloquen un sobre vacío, absteniéndose de la decisión. La abstención, como en cualquier votación, incluso la que es a la vista, no tiene peso, es invalida porque no decide nada, por lo tanto no cuenta en el resultado, no se asigna a nadie. Las bancas se distribuyen en función de aquellos que si decidieron. Es lo mismo que en los sistemas electorales donde el voto no es obligatorio, como en el de EEUU, donde los escaños (bancas para nosotros) se distribuyen entre los votos que se realizaron, no contemplando la proporción de los que no fueron a votar. Es muy triste que la gente se queje y quiera destruir un sistema, que siempre es mejorable, solo porque no puede perder 30 minutos de su tiempo, cuatro días en un año, cada cinco años.