← Volver a conversaciones
Andrés18 abr. 20262 respuestas

Reestablecer pena capital en ciertas condiciones - Modificar artículo 26

En 1918, bajo el fundamento positivo de erradicar los duelos en aquel entonces, se arrasó con el instrumento de Pena Capital para todos los casos. Uno de los pocos errores de aquella gran Constitución. Propongo, modificar el artículo 26, habilitando y facultando a la ley, a poder utilizar este instrumento. Pienso en casos de violaciones y homicidios con agravante por ejemplo. Pero la Constitución no es quien debe describir las hipótesis entiendo, solo habilitar el instrumento, facultando a la ley. Tal vez a alguien le interese la mension expresa de alguna hipótesis que quede en la Constitución. Además, no busco qué se apliquen métodos mortificantes o con alevosía para consumar la acción, sino el método más apacible, pero elocuentemente letal, por ejemplo la sedación. Cordialmente
Edward C. Rode20 abr. 2026

Disculpa pero no estoy de acuerdo porque ante un error no hay arreglo. Si estoy de acuerdo con la cadena perpetua y la acumulación de delitos.

Andrés21 abr. 2026

Estimado Parto de la base de las garantías del proceso y CERTEZA razonable del hecho. Igual respeto su opinión. Yo prefiero la pena capital para los más aberrantes delitos. Ahora, la perpetua, que en principio no me gusta si existiera la capital, ante la ausencia de la capital prefiero tenerla a no disponer de nada. Creo en un sistema donde la máxima pena en privación de libertad no supere los 20 años. Aquello que considere más grave de mérito de 20 años, iría directo a la pena capital. Cordialmente