Grabar con este impuesto a las jubilaciones solamente, a partir de los$100.000.
Eliminación del Impuesto IASS
Considero, que no se debe grabar ninguna jubilación, no importa el monto de la misma, ya que ya se realizó aporte durante todo el período laboral de la persona. Se aporta en relación al ingreso, sin embargo, muchos funcionarios públicos (me incluyo, soy docente jubilada), estamos topeados en la jubilación, cuando aportamos por el nominal completo. Entonces, seguir aportando con este impuesto es lesivo de nuestro derecho directo, personal y legítimo. Además, TODOS, durante nuestra vida adulta, ya pagamos diferentes impuestos, en las diferentes situaciones, independientes de si somos jubilados, pensionistas o activos.
Hay que eliminar el IASS por completo, no parcialmente o por franjas. Toda una vida pagando fortunas en impuestos...por favor un descanso...más allá que es inconstitucional según tengo entendido.
Hay que eliminar el IASS por completo, no parcialmente o por franjas. Toda una vida pagando fortunas en impuestos...por favor un descanso...más allá que es inconstitucional según tengo entendido.
Hay que eliminar el IASS por completo, no parcialmente o por franjas. Toda una vida pagando fortunas en impuestos...por favor un descanso...más allá que es inconstitucional según tengo entendido.
Hay que eliminar el iass ,el IVA , el impuesto a los combustibles, que aliviaría mucho el bolsillo de todos
Estoy de acuerdo con todos los comentarios, pero especialmente con el de Marianela Quintana. Es un impuesto totalmente INJUSTO. Hasta donde entiendo el IASS no es ilegal, pero es INMORAL e INJUSTO. El IASS fue creado por la Ley N° 18.314 en el año 2008. Surgió como un sustituto del IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas) para el caso específico de las jubilaciones y pensiones, luego de que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declarara inconstitucional la aplicación del IRPF a los pasivos. 2. ¿Por qué es legal si el IRPF para jubilados no lo era? La principal diferencia legal radica en la naturaleza técnica del tributo: • El IRPF se consideró inconstitucional para jubilados porque se entendía que la jubilación no es una "renta" o "ingreso" en el sentido estricto, sino una devolución de aportes previos. • El IASS, por el contrario, fue diseñado específicamente como un impuesto de asistencia, destinado a financiar el sistema de seguridad social. Al cambiar el nombre, el destino y la estructura técnica, la Suprema Corte de Justicia cambió su criterio mayoritario y lo declaró constitucional. TOTALMENTE INMORAL!!!
Eliminar el IRPF y el IASS debe ser un punto IMPRESCINDIBLE e innegociable en la reforma constitucional de 2029. No es un detalle técnico ni una rebaja más, es una cuestión de principios fundamentales sobre libertad individual, incentivos económicos, justicia intergeneracional y el modelo de país que Uruguay quiere ser en el siglo XXI. Gravar el trabajo y el retiro es lo opuesto a un país que quiere atraer talento, inversión y retener a su gente joven. Incluir la eliminación del IRPF y el IASS en la reforma constitucional de 2029 le da carácter permanente y supra-legal. Evita que futuros gobiernos populistas los reimplanten fácilmente. Es la forma de blindar un cambio estructural profundo: pasar de un modelo de alto impuestos y alto gasto a uno de bajos impuestos, responsabilidad individual y Estado eficiente. Quien no esté dispuesto a llevar este punto hasta las últimas consecuencias, no está realmente comprometido con el cambio que Uruguay necesita. Es fundamental. Punto.